Te brindan un REPORTE GRATIS que se acoge al primer mes, inscribiéndote en su base de datos , pero para esto , se necesita que dejes una tarjeta inscrita , donde , si sigues inscrito , te facturarán a tu tarjeta automaticamente ,al siguiente mes , asi que a tener cuidado .
INGRESE AQUI ---->http://www.midatacredito.com/wps/portal/
Pantalla de Bienvenida de Datacredito , nótese que dice PRIMER MES GRATIS . Fuente :midatacredito.com |
La DOS OPCIONES , probadas y comprobadas , y que DATACREDITO está obligada a brindar es está a continuación:
1. mediante el CAS .-
DataCrédito pone a su disposición sus Centros de Atención y Servicio
(CAS). En ellos usted podrá acceder a consultar su Historia de Crédito
de forma gratuita una (1) vez cada mes calendario.
¡ Nuevo ! Agende previamente su cita en el CAS haciendo clic aquí. Recuerde, agendar su cita previamente agilizará su atención.
Los requisitos para solicitar la consulta de su Historia de Crédito en el CAS son los siguientes:
Requisitos | Consultas de forma personal | Consulta por terceros autorizados |
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Persona Natural | Presente el original de su documento de identificación (cédula de ciudadanía o cédula de extranjería) |
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Empresas |
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2.- mediante escrito:
Medio Escrito
En caso que usted desee presentar su solicitud de consulta por medio escrito, envíe una comunicación escrita que contenga:
Persona Natural | Persona Jurídica |
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El término para responder las comunicaciones escritas es de quince (15) días hábiles.
Requisitos para atender las peticiones que realicen los titulares de la información en forma escrita:
Persona Natural:
- La comunicación debe estar firmada por el respectivo Titular y contener la nota de presentación personal ante notario público, o
- El Titular debe presentarse directamente a radicar su petición escrita y exhibir su documento de identidad al momento de la radicación de la comunicación, o
- La comunicación debe ser presentada por escrito mediante apoderado o autorizado, con el anexo del poder debidamente autenticado ante notario público.
Persona Jurídica:
- La comunicación de persona jurídica debe ser suscrita por el representante legal de la sociedad con presentación personal ante notario, o
- La comunicación de persona jurídica debe ser presentada mediante el respectivo anexo del poder debidamente otorgado y autenticado ante notario público.